Resumen del Artículo Disposición adicional segunda

Artículo Disposición adicional segunda del Código Civil de Cataluña - Libro II (Persona y familia) (CCCat-L2) — Disposición adicional segunda. Medidas de conciliación del trabajo y la vida familiar del personal de las administraciones públicas catalanas que convive en pareja estable. 1. Las medidas de conciliación del trabajo con la vida familiar aplicables a las administraciones públicas…

CCCat-L2VigenteActualizado: 16 de abril de 2026

Artículo Disposición adicional segundaDisposición adicional segunda

Disposición adicional segunda. Medidas de conciliación del trabajo y la vida familiar del personal de las administraciones públicas catalanas que convive en pareja estable.

1. Las medidas de conciliación del trabajo con la vida familiar aplicables a las administraciones públicas catalanas y que la legislación establece en favor de convivientes se refieren a la pareja estable, regulada por el artículo 234-1 del Código civil.

2. A los efectos de acreditar la existencia de una pareja estable, puede aportarse la escritura pública a que se refiere el artículo 234-1.c) del Código civil o un acta de notoriedad que demuestre la convivencia ininterrumpida durante dos años o durante un período inferior si una vez iniciada la convivencia los convivientes han tenido un hijo común.

Norma publicada: 29 de julio de 2010

Fuente oficial: BOE

¿Necesitas analizar este artículo?

Pensso puede ayudarte a interpretar, comparar y aplicar este artículo a tu caso concreto usando IA especializada en derecho español.

Preguntas frecuentes sobre el Artículo Disposición adicional segunda

¿Qué dice el Artículo Disposición adicional segunda del CCCat-L2?

Disposición adicional segunda. Medidas de conciliación del trabajo y la vida familiar del personal de las administraciones públicas catalanas que convive en pareja estable. 1. Las medidas de…

¿El Artículo Disposición adicional segunda del CCCat-L2 está vigente?

El artículo Disposición adicional segunda del CCCat-L2 está vigente.

¿Dónde se ubica el Artículo Disposición adicional segunda dentro del CCCat-L2?

Se encuentra en la estructura: LIBRO SEGUNDO.

¿Dónde puedo consultar el texto oficial del Artículo Disposición adicional segunda?

El texto oficial y vinculante está publicado en el Boletín Oficial del Estado (BOE). Pensso reproduce una versión consolidada con valor informativo y enlaza siempre a la fuente oficial.

Texto consolidado con carácter informativo. Solo la versión publicada en el BOE tiene validez jurídica.